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Salas de Extracción de Miel

Requisitos que exige la Seremi de Salud para otorgar la Resolución Sanitaria

La “Sala de Extracción de Miel”, también conocida como “Sala de cosecha de miel”, es un local en donde se realiza la extracción de la miel de los panales. La miel llega a la sala de extracción en alzas melarias, que son cajones de madera y en su interior contienen marcos de madera que contienen los panales con miel operculada.

¿Qué requisitos sanitarios exige la Seremi de Salud para otorgar la Resolución Sanitaria?

El siguiente pdf corresponde a una simulación sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir tu instalación para que la Seremi de Salud pueda aprobar y emitir la Resolución Sanitaria correspondiente.

Recuerda que la una vez ingresada la solicitud, fiscalizadores de la Autoridad Sanitaria asistirá a terreno para verificar que cumples con estos requisitos. Es importante que ingreses tu celular, ya que te llamarán previo a la visita inspectiva.

Es importante que sepas que el pdf adjunto es solo una simulación bajada de la plataforma ASDigital a nombre de Serpyme Ltda., por lo tanto, no podrás completarla, pero podrás ver en la página 2 y 3 el listado de todos los requisitos que se te exigirán para obtener la Resolución Sanitaria.

Recuerda que una vez ingresada la solicitud, fiscalizadores de la Autoridad Sanitaria asistirá a terreno para verificar que cumples con estos requisitos. Es importante que al momento de subir la información ingreses tu celular, ya que te llamarán previo a la visita inspectiva.

En primera instancia te recomendamos ver nuestro vídeo: “TIPS CLAVES PARA OBTENER LA RESOLUCIÓN SANITARIA”

 

Si quieres desarrollar tu emprendimiento basado en un sala de extracción de miel, y quieres vender o distribuir al mercado formal (supermercados, tiendas gourmet, entre otros) debes contar con la Resolución Sanitaria que exige el Ministerio de Salud, ya que, este permiso sanitario es un respaldo para tu empresa que certifica que la miel que ofreces a tus clientes o potenciales clientes es cosechada y envasada bajo condiciones mínimas de inocuidad, es decir, que trabajas orientado a producir una miel de calidad evitando en todo momento riesgos de contaminación cruzada y/o adulteración.

No, ya que puedes hacerlo a través la plataforma https://asdigital.minsal.cl, y para ello necesitas tener acceso a internet.

Es importante que sepas, que si concurres de manera presencial a dejar los documentos, los profesionales de oficina de OIRS correspondiente a tu domicilio deberá escanear todos los documentos y subirlos a este plataforma, ya que todas las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Salud, a nivel nacional, están sujetas al Sistema de Gestión de Calidad, por los tanto todas las solicitudes de “Autorización Sanitaria” se deben ingresar solo a través de la página https://asdigital.minsal.cl

Si quieres ingresar tus documentos a través de esta plataforma, lo primero que debes hacer es registrarte, después de ello podrás solicitar tu Resolución Sanitaria online.

La sala de cosecha se “LOCAL DE ELABORACIÓN TIPO PROCESADORA”,

Después de ingresados los antecedentes de la instalación debes seleccionar en la plataforma los fines que vas a desarrollar con tu emprendimiento.

En el caso de las salas de cosecha los fines que debes seleccionar es “PROCESAR AZÚCAR, MIEL Y PRODUCTOS APÍCOLAS” (ver imagen)

Recuerda ingresar y adjuntar todos los otros antecedentes que te solicita el Ministerio de Salud.

Es responsabilidad del empleador dar a conocer las obligaciones sanitarias que los manipuladores de alimentos deben cumplir según lo establecido en el Reglamento Sanitario de Los Alimentos.

A continuación, detallemos algunos artículos que se describen en el Reglamento Sanitario de los Alimentos:

ARTÍCULO 54.- El personal que manipule alimentos no deberá atender pagos del público, sea recibiendo o entregando dinero, no deberá realizar tareas que puedan contaminar sus manos y ropas de trabajo.

ARTÍCULO 55.- El personal que manipula alimentos deberá lavarse siempre las manos cuando su nivel de limpieza pueda afectar la inocuidad de los alimentos, antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiénicos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.
ARTÍCULO 56.- Los manipuladores deberán mantener una esmerada limpieza personal mientras estén en funciones debiendo llevar ropa protectora, tal como: cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello, y delantal. Estos artículos deben ser lavables, a menos que sean desechables y mantenerse limpios. Este personal no debe usar objetos de adorno en las manos cuando manipule alimentos y deberá mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.
ARTÍCULO 57.- En las zonas en que se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda contaminar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle, o realizar otras prácticas antihigiénicas, tales como escupir.

ARTÍCULO 58.- Si para manipular los alimentos se emplean guantes, éstos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El uso de guantes no eximirá al operario de la obligación de lavarse las manos cuidadosamente.

¿Cómo puedo fomentar el cumplimiento de las obligaciones sanitarias a mis trabajadores?

Para fomentar el cumplimento de las BPM basadas en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (D.S 977/96), establece que todas las empresas de elaboración de alimentos deben capacitar a sus manipuladores como mínimo en los siguientes temas:

– Manipulación higiénica de los alimentos e higiene personal.

– Técnicas de limpieza y sanitización.

Estas capacitaciones son verificadas por la Seremi de Salud en el marco del proceso de fiscalización de las Buenas Prácticas de Manufactura según lo instruido desde el Ministerio de Salud a instalaciones de elaboración de alimentos según la plataforma informática MIDAS-MINSAL.

Adicional a lo anterior, la Seremi de Salud exige presencia de señaléticas visibles, llamativas y amigables, como por ejemplo “La obligación del lavado de manos” con la finalidad de recordar a los manipuladores de alimentos y todos aquellos que laboren en un local de elaboración de alimentos sus deberes o prohibiciones, según lo establecido por el Reglamento Sanitario de los alimentos.

Te adjuntamos algunas señaléticas que podrás descargar sin costo para termolaminar o imprimir como adhesivo.

En la página del SAG encontrarás la información actualizada sobre el listado de salas de cosecha y bodegas de acopio:

Las personas o sociedades que participen en el proceso de exportación de productos de origen apícola para uso o consumo humano, deben cumplir requisitos establecidos por el Servicio para su incorporación en la cadena exportadora de productos apícolas, tales como:

salas de cosecha,
plantas procesadoras,
bodegas de acopio,
bodegas de exportación de miel de empresas exportadoras,
Las bodegas de exportación de miel deben estar inscritas en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP), según la Resolución N° 1.722/2017 (Actualiza el Sistema Nacional de Inscripción, Mantención y Habilitación de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios para Consumo Humano y deroga Resolución N° 7.078, de 2011).

Para aplicar este Sistema en el contexto apícola, los exportadores de miel que se incorporen al LEEPP, deben cumplir previamente con los requisitos para establecimientos exportadores de miel establecidos en el Manual de Requisitos de Establecimientos Exportadores de Miel para Ingresar al Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (REEM/MP), que permite proporcionar garantías del cumplimiento de las exigencias requeridas por los servicios oficiales de los países de destino de la exportación. Dicho Manual fue aprobado mediante la Resolución N° 4.784, del 2 de diciembre de 2004, y sus modificaciones posteriores (Resolución N° 520, del 4 de febrero de 2005).

Respecto de los residuos en miel de exportación, el Programa de Control de Residuos en Productos Pecuarios permite determinar el uso de productos prohibidos y verificar el adecuado uso de productos farmacológicos y otros permitidos de acuerdo a la normativa vigente. Complementariamente, la Resolución N° 361, del 20 de enero de 2006, establece como requisito previo a la exportación de miel, el análisis de sustancias antibacterianas (nitrofuranos, cloranfenicol, estreptomicina y sulfas) para cada lote de producción a certificar. (fuente: https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/requisitos-para-los-establecimientos-exportadores-de-miel-reem )

Si quieres vender tu miel a una exportadora, te podemos comentar que Apicoop Ltda. es una Cooperativa que exporta miel principalmente a la Unión Europea. Puedes contactarlos en siguiente link http://www.apicoop.cl/

¿Necesitas realizar la información nutricional?

Elabora tú mismo la información nutricional
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Conservas y Mermeladas

Requisitos Sanitarios que exige la Seremi de Salud para otorgar la Resolución Sanitaria de elaboración conservas y/o mermeladas

En la actualidad se observa un aumento de la demanda por el consumo de conservas y mermeladas artesanales, debido a la calidad e innovación que las caracterizan. Una desventaja que presenta la mayoría de estos productos es que no cuentan con Resolución Sanitaria, lo que les dificulta el ingreso al comercio formal.

 
¿Qué documentos o antecedentes debo presentar para solicitar la Resolución Sanitaria de un local de elaboración de conservas y mermeladas?

Los antecedentes que debes presentar para poder solicitar la Resolución Sanitaria son los siguientes:

  1. Comprobante de pago de sistema de alcantarillado público o resolución sanitaria de la obra de alcantarillado particular.
  2. Plano o croquis de la planta e instalaciones sanitarias a escala.
  3. Descripción general de los procesos de elaboración.
  4. Croquis o memoria técnica de los sistemas de eliminación de calor, olor o vapor y sistemas de frío según corresponda.
  5. Sistema de Control de Calidad Sanitaria con que contará.
  6. Autorización municipal de acuerdo al plano regulador.
  7. Comprobante de pago de agua potable de red pública o Resolución Sanitaria de la obra de Agua Potable Particular.
  8. Sistema de eliminación de desechos.
  9. Listado de materias primas que empleará.
  10. Listado de tipos de alimentos que elaborará.

¿A qué se refiere el punto 5 sobre el «Sistema de Control de Calidad Sanitaria con que contará»?

Ya seas una mipyme (micro, pequeña o mediana empresa) o gran empresa, debes implementar un Sistema de Calidad Sanitaria para principalmente evitar riesgos de contaminación cruzada en los alimentos que vas a producir, con la finalidad de elaborar alimentos inocuos a tus clientes (que no produzcan enfermedades o lesiones a los consumidores).

El Ministerio de Salud de Chile establece que las micro y pequeñas empresas deben implementar como Sistema de Calidad Sanitario las BPM por el contrario, para las medianas y grandes empresas, además de las BPM se les exige la implementación del HACCP.

¿Qué son las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)?

Las BPM para locales de elaboración de alimentos se basan en mejorar los procesos y con la finalidad principal de la producción de alimentos seguros, saludables e inocuos para el consumo humano.

¿Quieres obtener tu manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)?

En Serpyme desarrollamos el manual de calidad BPM que necesitas a la realidad de tu empresa y te lo enviaremos a tu domicilio con un descuento especial para las microempresas o MEF. Para solicitar tus BPM ingresa al siguiente link: (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/ ).

Aclara tus dudas en el siguiente video:

¿Quieres implementar el Análisis de Peligro y Puntos Críticos de Control (HACCP)?

Para implementar el HACCP en tu empresa puedes solicitar nuestra asesoría en el siguiente link

(https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/asesorias-en-sistemas-de-calidad/asesoria-en-haccp/).  

En el siguiente pdf podrás encontrar todos los requisitos sanitarios que exige hoy en día la Seremi de Salud para el funcionamiento de una fábrica o local de elaboración de conservas y mermeladas. Este pdf es solo una simulación bajada de la plataforma ASDigital a nombre de Serpyme Ltda., por lo tanto, no podrás completarla, pero podrás ver en la página 2 y 3, el listado de todos los requisitos que se te exigirán para obtener la Resolución Sanitaria.

Recuerda que una vez ingresada la solicitud, fiscalizadores de la Autoridad Sanitaria asistirá a terreno para verificar que cumples con estos requisitos. Es importante que al momento de subir la información ingreses tu celular, ya que te llamarán previo a la visita inspectiva.

Si vas a elaborar conservas de frutas, deber asegurarte que tengan un pH inferior a 4,5, de lo contrario deberás realizar la esterilización con un autoclave. Para mayor información puede visitar el siguiente artículo: https://www.consultoraserpyme.cl/proceso-de-conservas-artesanales/

Además, si quieres asegurar que las mermeladas no tengan hongos te invitamos a revisar las siguientes recomendaciones:

Técnicas para mejorar la calidad de las mermeladas

En primera instancia te recomendamos ver nuestro vídeo: “TIPS CLAVES PARA OBTENER LA RESOLUCIÓN SANITARIA”.  Es importante mencionar que, si eres MEF, será más sencillo obtener la autorización municipal para ejercer dicha actividad, inclusive en algunas regiones no te exigen el certificado de zonificación, si presentas el oficio u ordinario emitido por la municipalidad correspondiente, que indique que estás autorizado a proseguir con el trámite de patente municipal.   

Si quieres desarrollar tu emprendimiento basado en una Fábrica de Conservas y Mermeladas, y quieres vender o distribuir al mercado formal (supermercados, tiendas gourmet, entre otros) debes contar con la Resolución Sanitaria que exige el Ministerio de Salud, ya que, este permiso sanitario es un respaldo para tu empresa que certifica que las conservas y mermeladas que ofreces a tus clientes o potenciales clientes son elaborados y envasados bajo condiciones mínimas de inocuidad, es decir, que trabajas orientado a producir un producto final de calidad, evitando en todo momento riesgos de contaminación cruzada y/o adulteración

No, ya que puedes hacerlo a través la plataforma https://asdigital.minsal.cl, y para ello necesitas tener acceso a internet.

Es importante que sepas, que si concurres de manera presencial a dejar los documentos, los profesionales de oficina de OIRS correspondiente a tu domicilio deberán escanear todos los documentos y subirlos a este plataforma, ya que todas las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Salud, a nivel nacional, están sujetas al Sistema de Gestión de Calidad, por los tanto todas las solicitudes de “Autorización Sanitaria” se deben ingresar solo a través de la página https://asdigital.minsal.cl

Si quieres ingresar tus documentos a través de esta plataforma, lo primero que debes hacer es registrarte, después de ello podrás solicitar tu Resolución Sanitaria online.

En esta plataforma la pastelería se considera una instalación, por ello, debes completar “LOS ANTECEDENTES DE LA INSTALACIÓN” tal como se observa en la imagen adjunta (tipo de instalación, nombre de fantasía y giro).

En el caso del tipo de instalación (pastelería) debes seleccionar: “LOCAL DE ELABORACIÓN DE ALIMENTOS

Después de ingresados los antecedentes de la instalación debes seleccionar en la plataforma los fines que vas a desarrollar con tu emprendimiento.

En el caso de las mermeladas y conservas los fines que debes seleccionar es “Confituras o simulares” y «Conservas» (ver imagen)

Recuerda ingresar y adjuntar todos los otros antecedentes que te solicita el Ministerio de Salud

Es responsabilidad del empleador dar a conocer las obligaciones sanitarias que los manipuladores de alimentos deben cumplir según lo establecido en el Reglamento Sanitario de Los Alimentos.

A continuación, detallemos algunos artículos que se describen en el Reglamento Sanitario de los Alimentos:

ARTÍCULO 54.- El personal que manipule alimentos no deberá atender pagos del público, sea recibiendo o entregando dinero, no deberá realizar tareas que puedan contaminar sus manos y ropas de trabajo.

ARTÍCULO 55.- El personal que manipula alimentos deberá lavarse siempre las manos cuando su nivel de limpieza pueda afectar la inocuidad de los alimentos, antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiénicos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.
ARTÍCULO 56.- Los manipuladores deberán mantener una esmerada limpieza personal mientras estén en funciones debiendo llevar ropa protectora, tal como: cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello, y delantal. Estos artículos deben ser lavables, a menos que sean desechables y mantenerse limpios. Este personal no debe usar objetos de adorno en las manos cuando manipule alimentos y deberá mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.
ARTÍCULO 57.- En las zonas en que se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda contaminar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle, o realizar otras prácticas antihigiénicas, tales como escupir.

ARTÍCULO 58.- Si para manipular los alimentos se emplean guantes, éstos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El uso de guantes no eximirá al operario de la obligación de lavarse las manos cuidadosamente.

¿Cómo puedo fomentar el cumplimiento de las obligaciones sanitarias a mis trabajadores?

Para fomentar el cumplimento de las BPM basadas en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (D.S 977/96), establece que todas las empresas de elaboración de alimentos deben capacitar a sus manipuladores como mínimo en los siguientes temas:

– Manipulación higiénica de los alimentos e higiene personal.

– Técnicas de limpieza y sanitización.

Estas capacitaciones son verificadas por la Seremi de Salud en el marco del proceso de fiscalización de las Buenas Prácticas de Manufactura según lo instruido desde el Ministerio de Salud a instalaciones de elaboración de alimentos según la plataforma informática MIDAS-MINSAL.

Adicional a lo anterior, la Seremi de Salud exige presencia de señaléticas visibles, llamativas y amigables, como por ejemplo “La obligación del lavado de manos” con la finalidad de recordar a los manipuladores de alimentos y todos aquellos que laboren en un local de elaboración de alimentos sus deberes o prohibiciones, según lo establecido por el Reglamento Sanitario de los alimentos.

Te adjuntamos algunas señaléticas que podrás descargar sin costo para termolaminar o imprimir como adhesivo.

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Pasteleria

Requisitos Sanitarios que exige la Seremi de Salud para otorgar la Resolución Sanitaria de una Pastelería

Poco a poco las pastelerías han ido aplicando nuevas herramientas y técnicas culinarias que hoy en día permiten al pequeño empresario la elaboración de innovadores y mejores productos como como tortas, pasteles, empolvados, cupcakes, alfajores, tartaletas, entre otros. Una desventaja que presenta la mayoría de emprendedores informales es que no cuentan con Resolución Sanitaria, lo que les dificulta el ingreso al comercio establecido. 

 
¿Qué documentos o antecedentes debo presentar para solicitar la Resolución Sanitaria de una pastelería?

Los antecedentes que debes presentar para poder solicitar la Resolución Sanitaria son los siguientes:

  1. Comprobante de pago de sistema de alcantarillado público o resolución sanitaria de la obra de alcantarillado particular.
  2. Plano o croquis de la planta e instalaciones sanitarias a escala.
  3. Descripción general de los procesos de elaboración.
  4. Croquis o memoria técnica de los sistemas de eliminación de calor, olor o vapor y sistemas de frío según corresponda.
  5. Sistema de Control de Calidad Sanitaria con que contará.
  6. Autorización municipal de acuerdo al plano regulador.
  7. Comprobante de pago de agua potable de red pública o Resolución Sanitaria de la obra de Agua Potable Particular.
  8. Sistema de eliminación de desechos.
  9. Listado de materias primas que empleará.
  10. Listado de tipos de alimentos que elaborará.

¿A qué se refiere el punto 5 sobre el «Sistema de Control de Calidad Sanitaria con que contará»?

Ya seas una mipyme (micro, pequeña o mediana empresa) o gran empresa, debes implementar un Sistema de Calidad Sanitaria para principalmente evitar riesgos de contaminación cruzada en los alimentos que vas a producir, con la finalidad de elaborar alimentos inocuos a tus clientes (que no produzcan enfermedades o lesiones a los consumidores).

El Ministerio de Salud de Chile establece que las micro y pequeñas empresas deben implementar como Sistema de Calidad Sanitario las BPM por el contrario, para las medianas y grandes empresas, además de las BPM se les exige la implementación del HACCP.

¿Qué son las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)?

Las BPM para locales de elaboración de alimentos se basan en mejorar los procesos y con la finalidad principal de la producción de alimentos seguros, saludables e inocuos para el consumo humano.

¿Quieres obtener tu manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)?

En Serpyme desarrollamos el manual de calidad BPM que necesitas a la realidad de tu empresa y te lo enviaremos a tu domicilio con un descuento especial para las microempresas o MEF. Para solicitar tus BPM ingresa al siguiente link: (https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/manual-de-buenas-practicas-de-manufactura/ ).

Aclara tus dudas en el siguiente video:

¿Quieres implementar el Análisis de Peligro y Puntos Críticos de Control (HACCP)?

Para implementar el HACCP en tu empresa puedes solicitar nuestra asesoría en el siguiente link

(https://www.consultoraserpyme.cl/nuestros-servicios/asesorias-en-sistemas-de-calidad/asesoria-en-haccp/).  

En el siguiente pdf podrás encontrar todos los requisitos sanitarios que exige hoy en día la Seremi de Salud para el funcionamiento de una pastelería. Este pdf es solo una simulación bajada de la plataforma ASDigital a nombre de Serpyme Ltda., por lo tanto, no podrás completarla, pero podrás ver en la página 2 y 3, el listado de todos los requisitos que se te exigirán para obtener la Resolución Sanitaria. 

En primera instancia te recomendamos ver nuestro vídeo: “TIPS CLAVES PARA OBTENER LA RESOLUCIÓN SANITARIA”.  Es importante mencionar que, si eres MEF, será más sencillo obtener la autorización municipal para ejercer dicha actividad, inclusive en algunas regiones no te exigen el certificado de zonificación, si presentas el oficio u ordinario emitido por la municipalidad correspondiente, que indique que “estás autorizado a proseguir con el trámite de patente municipal como MEF”. 

Si quieres desarrollar tu emprendimiento basado en una pastelería, y quieres vender en una sala de ventas o distribuir de manera formal (supermercados, cafeterías, entre otros) debes contar con la Resolución Sanitaria que exige el Ministerio de Salud, ya que, este permiso sanitario es un respaldo para tu empresa que certifica que los productos que ofreces a tus clientes o potenciales clientes es elaborado y envasado bajo condiciones mínimas de inocuidad, es decir, que trabajas orientado(a) a producir productos de calidad evitando en todo momento riesgos de contaminación cruzada.

No, ya que puedes hacerlo a través la plataforma https://asdigital.minsal.cl, y para ello necesitas tener acceso a internet.

Es importante que sepas, que si concurres de manera presencial a dejar los documentos, los profesionales de oficina de OIRS correspondiente a tu domicilio deberán escanear todos los documentos y subirlos a este plataforma, ya que  todas las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Salud, a nivel nacional, están sujetas al Sistema de Gestión de Calidad, por lo tanto, todas las solicitudes de “Autorización Sanitaria” se deben ingresar solo a través de la página en línea https://asdigital.minsal.cl

Si quieres ingresar tus documentos a través de esta plataforma, lo primero que debes hacer es registrarte, después de ello podrás solicitar tu Resolución Sanitaria online.

En esta plataforma la pastelería se considera una instalación, por ello, debes completar “LOS ANTECEDENTES DE LA INSTALACIÓN” tal como se observa en la imagen adjunta (tipo de instalación, nombre de fantasía y giro).

En el caso del tipo de instalación (pastelería) debes seleccionar: “LOCAL DE ELABORACIÓN DE ALIMENTOS

Después de ingresados los antecedentes de la instalación debes seleccionar en la plataforma los fines que vas a desarrollar con tu emprendimiento.

En el caso de las pastelerías el «fin» que debes seleccionar es “ELABORAR PRODUCTOS DE PASTELERÍA” (ver imagen)

Recuerda ingresar y adjuntar todos los otros antecedentes que te solicita el Ministerio de Salud.

Si en tu emprendimiento tienes considerado una PANADERÍA y PASTELERÍA, entonces, es eso caso debes seleccionar 2 fines: “ELABORAR PRODUCTOS DE PASTELERÍA” y “ELABORAR PRODUCTOS DE PANADERÍA

Es importante que consideres tener salas de procesos separadas para elaborar los productos de pastelería y de panadería.

¿Necesitas realizar la información nutricional?

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